abstracta como sería la que pudiera plantear quien ya carece de interés jurídico susceptible de ser eficazmente tutelado por el pronunciamiento a dictarse (Fallos: 312:995 "Petroquímica" ; 328:2440 "Teyma" ; sentencia dictada en autos CNT 70089/201711/RH1, "Estudio Darwin SA c/ Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social s/ queja expte.
Administrat", el 22 de agosto de 2019).
En el presente, con fecha 6 de junio de 2019, es decir, luego de la presentación directa ante la Corte -12 de marzo de 2019-, la Sala II dela Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó sentencia definitiva en las actuaciones principales (fs. 354/359). Allí, hizo lugar al recurso interpuesto por Peidro, dejó sin efecto la resolución dictada por la DNAS el 17 de agosto de 2018, sin que ello implique sentar posición sobre las restantes aristas que pudieran subsistir en el seno de la CTAA.
En ese marco, los planteos plasmados en la revocatoria y reiterados en el remedio federal, en cuanto tienen por objeto que se revoque la sentencia interlocutoria que otorgó carácter suspensivo al recurso se tornaron abstractos, por lo que deviene inoficioso emitir pronunciamiento al respecto. Buenos Aires, 13 de septiembre de 2019. Víctor Abramovich.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de mayo de 2023.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la parte demandada en la causa Central de los Trabajadores Argentinos Autónoma c/ Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y otros s/ ley de asoc.
sindicales", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte encuentran adecuada respuesta en el dictamen del señor Procurador Fiscal, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado, se declara que resulta inoficioso un pronunciamiento del Tribunal. Exímase al Es
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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:541
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