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Año: 1906, Fallos: 104:428 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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N 428 FALLOS DE LA GUPREMA CORTE
| Que la administración de Impuestos Internos aplicó al senor Antonio Cavalari, una multa de cinco mil pesos por defraudación de impuestos y declaró caídos en comisos dus | cascos de alcohol de cien litros cada uno, y todas las existen| cias de lu destilería clandestina. Esta resolución fué apelada para ante el señor Juez Federal el cúal confirmó la resolución del administrador de lipuestos Internos.

Esta Cámara, al entender en el recurso de apelación resolvió, que no resultando del sumario prueba plenn de que Cavalari hubiera participado en la defraudación de alcoholes en | una cantidad mayor que la que ucusan los dos cascos secuestrados con cien litros cada uno, no correspondia hacerlo responsable sino en relación ú la defraudación probada de los doscientos litros contenidos en los dos cascos de la referencia, por cuanto en caso de duda debe estarse en favor del imputado y en esta situación correspondia aplicar al acusado las sanciones del artículo 10 de la ley núm 3701, imponiéndole una multa de diez veces el valur del impuesto defrandado ó sean dos mil pesos. Por lo cual se confirmó con costas el fallo" del inferior, reformúndolo en cuanto al monto de la multa.

El señor Procurador Fiscal apeló para ante esa Exma. Suprema Corte, apelación que le fué denegada por considerar el tribunal que el caso no estaba comprendido en el artículo 3 inciso 2 de la ley núm. 4055, por cuanto la multa no excedia de la cantidad de cinco mil pesos y tenieudo tambien presente que V. E. ha declarado bien denegado el recurso de hecho que en otra ocasión y en caso idéntico al presente (caso ¡ Fernandez, Oneto y Sobron apelando de una resolución de Impuestos Internos) dedujo el señor Fiscal de esta Cámara.

Es cuentu debo informar V. E, á quien Dios guarde, Angel D. Rojas.

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Año: 1906, CSJN Fallos: 104:428 
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