Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1911, Fallos: 115:7 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA DE LA NACION 9 sean desempeñados a un mismo tiempo por una misma persona, en razón de las obligaciones inherentes a cada uno de ellos exigidas paza el mejor servicio público, y además por las razones de buena administración de justicia que aconsejan sustraer a los secretarios de juzgados, de otras funciones que no condicen con las delicadas tareas que desempeñan.

Por estas consideraciones, pido a V. E. que en ejercicio de la superintendencia que le acuerda la ley 4055, se deniegue el permiso que solicita el señor secretario del juzgado federal de Santiago. E Julio Botet.


RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buezos Aires, Abril 22 de 1911 Téngase por resolución el precedente dictamen del señor procurador general. Hágase saber, y archívese.


A. Bermejo. — NICANOR CG. DEL
Soñar, — M. P. Daracr, — D. E. Paracio, — L. Lopez

CABANILLAS.


CAUSA LXXXNVI
Banco Hipotecario Nacional contra la sucesión del doctor: Ben- .

jamín Araoz, por cobro de pesos. Recurso de hecho Sumario: invocada la ley especial de creación del Banco Hipotecario Nacional, procede el recurso del artículo 14, ley 48,

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

8

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1911, CSJN Fallos: 115:7 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-115/pagina-7

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 115 en el número: 7 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com