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Año: 1872, Fallos: 13:415 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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sistimiento hecho á nombre de Doña Emma Federica Pousset con el único y deliberado objeto de eludir la ley, y despues de promovido el artículo de incompetencia, porque para ello seria preciso admitir, contra lo establecido anteriormente, que unas herederas pueden reivindicar una parte de la finca ante los Tribunales Nacionales, y olras otra parte ante los Tribunales de la Provincia: —Por estas razones, se confirma con costas, el auto apelado, satisfechas y repuestos los sellos, devuélvanse.

SALVADOR M. DEL CARRIL.—FRrancisco DeLcaDo.— Jose Banros Pazos.

3. B. GORosTIAGA—J. DominGuez.

— o NO — ——

CAUSA LXXXV.
Cárlos Grognet y €". contra Don José Antonio Ferrer, por cobro ejecutivo de pesos.

Sumario —1 Una sentencia no apelada en tiempo hace cosa juzgada para las partes.

29 Los Jueces Nacionales carecen de jurisdiccion para conocer de vicios que se alegan cometidos en los Tribunales de las provincias.

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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:415 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-13/pagina-415

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