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Año: 1937, Fallos: 178:157 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CIUDADANIA — INFRACCIÓN — AMNISTIA,
Sumario: 1 La amnistía concedida por In ley N' 12.348 es tan amplia que comprende a todos los infractores de las leyes de enrolamiento y servicio militar, sea cual fuere la causa de la infraeción, ? La circunstancia de que el infractor condenado a la pérdida de la ciudadunía que había adquirido, haya dejado transeurrir el plazo fijado en la anterior ley de amnistía N" 11.657, no le exeluye del beneficio acordado por la ley N" 12.348, 3 La amnistía borra los delitos cometidos por las personas favorecidas y, en el enso presente, coloca al infractor que se ampara en ella, en la condición de ejudadano que antes tenía, ahorrándole la realización de las diligencias tendientes a obtener aquel estado.

Juicio: Ministerio Fiscal v. Abud Elías, Caso: Resulta de las piezas siguientes, Dictamen DEL. Procenanor GENERAL Suprema Corte:

Elías Abud obtuvo carta de ciudadanía ante uno de los Juzgados Federales del Rosario, y no habiéndose enroludo oportunamente se le sometió a proceso y fué condenado a perder dicha ciudadanía, quedando firme la sentencia de la Cámara Federal respectiva 26 de noviembre de 1928), Casi cuatro años más tarde (octubre de 1932), la ley 11.657 amnistió a los infractores de la ley 11.386 que se enrolaran dentro de cierto plazo; pero Abud no ejercitó ese derecho y mantuvo la calidad de extranjero que el expresado fallo le devolvía. Reción al promulgarse en febrero del corriente año una nueva ley

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Año: 1937, CSJN Fallos: 178:157 
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