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Año: 1937, Fallos: 179:353 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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PERENCION DE LA INSTANCIA — RECURSO DE
HECHO.
Sumario: Procede declarar perimida la instancia en un re enrso de hecho si ha transcurrido el plazo legal desde la fecha en que se dirigió el oficio solicitando informes al tribunal que denegó la apelación, sin que haya sido econtestado ni urgido el procedimiento por el interesado (!), Juicio: Andreau Ricardo, recurso de hecho.


JURISDICCIÓN — FUERO FEDERAL — FUERO LOCAL
— HURTO — ENCUBRIMIENTO.

Sumario: Siendo separables los delitos de hurto cometido en el puerto de Buenos Aires y en perjuicio de un ferrocarril, del delito de enenbrimiento producido en la Provineia de Buenos Aires, corresponde declarar improcedente la inhibitoria planteada por el Juez Federal que conoce en el su mario relativo al primero de esos delitos al Juez local de La Plata ante quien se substancia el proceso referente al eneubrimiento.

Juicio: F.C.O. de Buenos Aires, inhibitoria en el proceso por hurto seguido contra A, Lacalle y P, Ragon.

Caso: Resulta de las piezas siguientes:

DicramMeN DEL Procurapor GENERAL Suprema Corte:

El diez y seis de mayo de 1936 fueron sustraídas dos lonas en el puerto de esta Capital, y se dió intervención en el asunto al señor Juez Federal doctor Jantus (expte. 507). Casi dos meses más tarde — julio 11 — la policía de Avellaneda descubrió ocultas dentro de 1) Fecha del fallo: diciembre 20 de 1937,

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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:353 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-179/pagina-353

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