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Año: 1876, Fallos: 18:162 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAUSA CXVI.
El Ranco Nacional contra D. Francisco Villanueva, por cobro de pesos. — Incidente sobre competencia.

Sumario.—1° La ley de 5 de Noviembre de 1872, al crear el Banco Nacional, no tuvo en vista un establecimiento particular de comercio sinó una institucion de otro carácter y que respondiera ú fines de mucha mayor-trascendencia, usan do el Congreso de la facultad que le confiere el artículo 67, inciso 5° de la Constitucion.

2" El conjunto de atribuciones, exenciones y privilegios que tiene el Zanco, no responden á la idea de un establecimiento privado, sinó á la de una institucion pública creada er profeso para fines de administracion nacional, 3 Si al mismo tiempo se le autoriza para negociar con particulares y hacer toda clase de operaciones bancarias, no es sinó como medio indispensable de dar vida á la institucion y habilitarla para llenar cumplidamente sus fines.

4" La Constitucion no exige que el Congreso funde un Banco rigorosamente de Estado, dirigido por los Poderes Públicos de la Nacion.

5 Confiriendo la autorizacion sin determinacion de forma

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Año: 1876, CSJN Fallos: 18:162 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-18/pagina-162

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