Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1876, Fallos: 18:310 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

jurisdiccion crimina? contíada 4 otros juzgados, ocurra esta parte donde co:responda.

Albarracin.

Rodriguez, con las copias de las sentencias del juicio criminal, pidió revocatoria.


AUTO DEL JUEZ SECCIONAL
Buenos Aires, Enero 20 de 1876.

Resultando que de las copias de sentencias acompañadas consta solo que el demandante fué absuelto; pero de ninguna que los demandados fueron condenados por el delito de calumnia, de que se hace nacer la accion que se deduce; se confirma el auto de 28 de Setiembre del año anterior, repónganse los sellos.

Albarracin.


VISTA DEL PROCURADOR JENERAL
Suprema Corte :

Buenos Aires, Junio 12 de 1876.

Una accion civil, como la presente, por daños y perjuicios, procedentes de acusacion calumniosa, no ha podido rechazarse in limine, por estar ela jurisdiccion criminal confiada á otros jueces», como dicen los autos reclamados.

Siendo esta accion independiente de la criminal y resultado de ella, el que se dice calumniado ha tenido el derecho de ocurrir á su Juez propio por la indemnizacion.

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

5

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1876, CSJN Fallos: 18:310 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-18/pagina-310

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 18 en el número: 310 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com