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Año: 1938, Fallos: 182:54 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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tomo 150, púg. 189 de su colección de fallos, que decide la improcedencia del recurso intentado.

Por ello y de acuerdo con el precedente dictamen del Sr. Procurador General, se declara improcedente y mal concedido el recurso extraordinario intentado a fs.

56 por Vito Tacovazzi en el juicio que le sigue a la Municipalidad de la Capital. Notifíquese y devuélvanse al tribunal de procedencia donde se repondrá el papel, Ronento Revetto — Astosio Sacarxa — Lois LiNares — B. A. Nazar Axcito

RENA.

EMPLEADOS PUBLICOS: RELACIONES CON EL ES.

TADO — CESANTIA — DAÑOS Y PERJUICIOS:

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO.
Sumario: El ejereicio por el Poder Ejecutivo de su facultad de remover a los empleados de la Administración, no se halla sujeto a la revisión de los jueres ni puede servir de base a "na acción por indemnización de daños y perjuieios (1).

Juicio: Segovia Juan W. y, la Nación, s. indemnización de daños y perjuieios,
AURILACIÓN DE EMPLEADOS BANCARIOS — FONDOS

DE LA CAJA,
Sumorio: Las remunericiones siplementarias que se preran a los empleados banvarios periódicamente y fizuran nor ty Fecha del fallos metubre 5 de 19, Em dial sentidos PaMoe: 178, SD; 174, 567; 90, DEL.

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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:54 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-182/pagina-54

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