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Año: 1941, Fallos: 191:166 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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166 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Se discute en estos autos, si, con arreglo al art.

10 de la ley 5315, el Ferrocarril del Sud está o no obligado a conceder tarifa rebajada en un cincuenta por ciento a los pasajeros oficiales y a los telegramas que expida Yacimientos Petrolíferos Fiscales, El recurso extraordinario procede, atenta la naturaleza de dicha euestión.

En cuanto al fondo del asunto pienso que el señor Juez a quo y la Cámara Federal, en sus fallos de fs.

373 y 401, han estado en lo cierto resolviéndola afirmativamente. Nada podría agregar a los sólidos argumentos que sirven de base a esas sentencias, concordando con la doctrina sentada por V. E. en 165:263 y 170:312 . Corresponde, pues, confirmar el fallo reenrrido, — Buenos Aires, octubre 21 de 1941. — Juan Alvarez,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, noviembre 5 de 1941.

Y Vistos: el recurso extraordinario deducido en el juicio "Empresa del Ferro Carril del Sud v. Yaeimientos Petrolíferos Fiscales, sobre cobro de pesos", contra la sentencia dictada por la Cámara Federal de la Capital.

Por sus fundamentos y de acuerdo con la doctrina sustentada por esta Corte en las enusas invocadas, se confirma la sentencia de fojas 401, en cuanto pude ser

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Año: 1941, CSJN Fallos: 191:166 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-191/pagina-166

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