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Año: 1942, Fallos: 194:79 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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| El de la parte actora se lo funda en que la senten cia deelara la concurrencia de culpa y absuelve a la demandada de las costas de segunda instancia, Y, además, en que la sentencia, al declarar la culpa concurrente, ha dividido la responsabilidad contra lo que disponen los arts, 65 y 91 de la ley 2575, La sentencia que declara la eulpa concurrente, se funda en enestiones de hecho y prueba, que no pueden ser revisadas por esta Corte en el recurso extraordinario, el que tampoco procede por la imposición de las costas, por ser ésta de carácter procesal, Los arts. 65 y 91 de la ley 2573, invoeados también por la netora, no conticuen disposición alguna relacionida eon la división de la enlpa. Carecen de apliención en el caso.

En su mérito y atento lo dispuesto en el art. 14 de la ley 45 se declara improcedente el recurso extraordinario concedido a la parte netora, El recurso de la demandada se lo funda en que ésta ha invocado a sou favor la exoneración de toda responsabilidad establecida en el art. 290 del Reglamento General de Ferrocarriles vigente en la úpoen del incendio, según el cual "la earga que se lleve a las estaciones para hacer el pedido inmediato de vagones, podrá quedar depositada en los terrenos de las mismas por cuenta y riesgo de los interesados durante quince días, ete."'.

Como la sentencia desconoce la exoneración invocada, que se la Funda en el decreto reglamentario de la ley general de ferroearriles, el recurso es procedente de acuerdo al art. 14, ine, 3, de la loy 48, 6° de la ley 4055 y lo resuelto in re Jamello y. Ferrocarril G. O. Argentino (Fallos: 114, 153).

Y considerando en enanto al fondo de la cuestión federal:

El citado art. 200 establece: "La earga que se lleve

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:79 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-194/pagina-79

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