to. Devuélvase, — Carlos Del Campillo. — Juan 4. Gonsúles Calderón. — Eduardo Sarmiento.
TALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de mayo de 1943.
Y vistos: Los recursos ordinarios de apelación: deducidos en el juicio: "López Albarracín Francisco v.
Gobierno de la Nación, sobre repetición", contra la sentencia dictada por la Cámara Federal de la Capital.
Por sus fundamentos y de acuerdo cox la doctrina sustentada por esta Corte in re: C. S. 176, 353 sé confirma la sentencia apelada de fs. 47. Páguense asimismo por sú orden las costas de esta instancia en atención a la naturaleza de las cuestiones planteadas. Hágase saber y devuélvanse al tribunal de procedencia, donde se repondrá el papel.
Rosero RePerro. — ANTONIO
SAGARNA. — Luis LINARES.
— B. A. NAzZAR ANCHORENA, — F. Ramos Mesía.
MAURICIO KAUSCHANSKY
FALSIFICACION DE SELLOS, TIMBRES. Y MARCAS.
JURISDICCION: Fuero ordinario. Leyes comunes, Penales.
MARCAS DE FABRICA: Delitos, El art. 289, inc. 29, del Código Penal contempla una infracción distinta de las previstas en el art. 48 de la ley 8975, consistente en la falsificación de marcas de fábrica
Compartir
7Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1943, CSJN Fallos: 195:436
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-195/pagina-436
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 195 en el número: 436 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico: