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Año: 1944, Fallos: 198:366 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Que la circunstancia de haberse ordenado un nuevo examen médico del insano, dentro de la misma causa que tramita en esfa Capital, de cuyo examen resulta una mejoría, eon la declaración de que debe mantenerse todavía su interdicción civil viene a confirmar su falta de aptitud para litigar en justicia sin asistencia del eurador, que, en el caso, es el propio padre, En su mérito se declara que es competente para conocer en el juicio de insania de D. Carlos Alfredo Canay, el Sr. Juez de 1" Instancia en lo Civil de la Capital N" 7, secretaría 25, a quien se remitirán los autos, haciéndose saber en la forma de estilo al Sr. Juez de La Plata N° 5.

Roserrto Reretto — B. A. Nazar AxCHORENA — F. Ramos Mesía,
ANTONIO SCHIVARDI — sv SUCESION
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Sucesión. Domicilio del causante.

El juez del lugar en que el causante tenía establecida su familia, y no el del lugar en que ejercía sus actividades y falleció, es el competente para conocer en el respectivo Juicio sucesorio,
DICTAMEN DEL ProcrRraDor GENERAL
Suprema Corte:

En febrero de 1940 fué iniciada ante un juez de 1'° instancia de Bahía Blanca, el juicio sucesorio de D. Antonio Schivardi, fallecido semanas antes en San

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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:366 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-198/pagina-366

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