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Año: 1947, Fallos: 208:42 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por estos fundamentos, revócase la sentencia de fs. 8 y sc hace lugar a los recursos de habeas corpus interpuestos a fs. 1 de estos autos,
J. A. GonzáLez CALDERÓN.
FERNANDO HIDALGO
ADUANA: Infracciones. Contrabando.

El despachante de aduana que cumplió todas sus obligaciones legales y reglamentarias y no incurrió en negligencia al tramitar un permiso de exportación otorgado por una aduana terrestre, no puede ser legalmente responsabilizado por la extracción clandestina realizada con anterioridad por el exportador para quien gestionaba el permiso que éste, sin conocimiento de aquél, se proponía aplicar a la mercadería objeto del contrabando.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
San Juan, noviembre 30 de 1945.

Autos y vistos:

Este expediente caratulado: "Hidalgo Fernando, recurso contencioso administrativo contra una resolución aduanera", del que resulta:

Quo a fs. 82, se presenta Fernando Hidalgo, por derecho propio, haciendo saber que ha deducido ante el Administrador de la Aduana local el recurso contencioso que le autoriza el art. 1063 de las ordenanzas de Aduana contra la resolución administrativa n" 9 de fecha 14 de septiembre de 1944. Recibido el sumario el recurrente por apoderado y a fs. 87/93 vta.

expresa agravios contra la sentencia administrativa que le impone un cargo de $ 52,362.73 m/n., proveniente de pena de comiso, multa y, además, suspensión en sus funciones de despachante de Aduana, por el término de seis meses, Se afirma que la resolución administrativa es injusta porque la ac

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Año: 1947, CSJN Fallos: 208:42 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-208/pagina-42

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