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Año: 1948, Fallos: 211:1429 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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defensa de /'tis pendentia opuesta por la provincia demandada.

Por tanto se rechaza la acción promovida, con costas.

Tomás D. Casares — Fenire S.

Pénez — Luis R. Lona — Justo L. ALvarez RopríGuez — Roporro G. VALENZUELA.


JUAN EMILIO LOZANO v. CORREOS
Y TELECOMUNICACIONES


RETROACTIVIDAD.
Las leyes procesales nuevas son aplicables a las causas en trámite mientras no se afecten actos coneluídos o se deje sin efecto lo actuado de conformidad con las leyes anteriores, RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia, Juicios en que la Nación es parte.

Habiéndose dictado la sentencia de la Cámara Federal en el juicio contra la Dirección de Correos y Telecomunicaciones después de haberse puesto en vigor el decreto 1068/46 sobre reorganización jurídicoadministrativa de dicha repartición, procede la tercera instancia prevista en el art. 39, inc. 19, de la ley 4055. .

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Accidentes de tránsito.

Corresponde declarar la existencia de culpa concurrente y responsabilizar proporcionalmente al Estado a raíz del accidente sufrido por un menor al poner en movimiento una zorra abandonada momentáneamente en una estación ferroviaria por un empleado de Correos y Telecomunicaciones, sin seguro que la inmovilizara ni persona que la cuidara.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:1429 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-211/pagina-1429

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