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Año: 1950, Fallos: 217:381 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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padece de una deficiencia funcional resultante de su enfermedad orgánica del sistema nervioso central equivalente a la pérdida de un órgano importante del cuer- .

po vital para la realización de cualquier tarea, y que, y según consta en el expediente administrativo agregado, se ha establecido que en las condiciones en que se encontraba en la fecha del examen, Eladio 'Suárez era inútil para prestar servicios en la Armada, siendo en — la actualidad su estado orgánico-funcional equivalente al que tenía en oportunidad en que fuera examinado por los médicos oficiales y, por consiguiente, su incapacidad física puede estipularse en el cien por ciento; igualmente para el trabajo en la vida civil.

Que, por lo demás, esta Corte Suprema tiene resuelto que los beneficios de la ley 9688 son compatibles con los establecidos por las leyes de jubilaciones, pensiones y subsidios —Fallos: 208, 117—.

Por tanto, se confirma por sus fundamentos la sentencia apelada, con costas. AE Luis R. LonoH: — Roporro G.

VALENZUELA — Tomás D. CaSARES — FELIPE SANTIAGO Pé
REZ — . ATILIO PESSAGNO,
EDUARDO PIO BAYNTUN v. LUIS DREYFUS Y Cía. LtDa.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia.

Intervención de la Corte Suprema. + Aunque por defecto de fundamento no proceda el recurso extraordinario deducido contra la sentencia de la justicia federal de la Capital que declara su incompetencia, y a pesar de que no haya contienda formalmente trabada con el juez del trabajo de la misma ciudad que antes se

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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:381 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-217/pagina-381

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