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Año: 1954, Fallos: 228:578 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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578 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
NACION ARGENTFINA yv. SOCIEDAD CLUB MAR
DEL PLATA
EXPROPLACION: Indemnización, Determinación del valor soul.

No proeede acordar al dueño del inmueble expr: pindo mayor indemnización que la solicitada al contestar la demanda, aunque se haya remitido a "la cantidad mayor o menor que acuerden peritos". No importa que haya 1 caído un pronunciamiento distinto en algún caso excepeional 1 yas circunstancias eran también diferentes.

Tampoco autoriza el anmento del monto la mayor superficie del terreno señalada por primera vez por el Tribunal de Tasaciones, si hubo absoluta concordancia en la determinación de lo que se expropiaba, lo cual motivó el pedido de una suma global por la demandada sin salvedad alguna, EXPROPIACIÓN: Indemnización. Otros daños, El resarcimiento al propietario del fundo expropiado no debe comprender partida alguna en concepto de desvalorización que la moneda pueda haber experimentado en el lapso transeurrido entre la ocupación del bien y la senteneia.

SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN LO Crvir Y Comercian, Esreciarn Buenos Aires, 2 de julio de 1953, Y vistos: Para sentencia esta causa ° Fisco Nacional e, Sociedad Club Mar del Plata s./ expropiación".

Resultando :

A fs. 47 se presenta el Sr. Procurador Fiseal en representación de la actora, deduciendo demanda por expropiaeión del inmueble ocupado por el Club Mar del Plata, situado frente a las Avdas. Lauro y Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos y enlle Entre Ríos, de la ciudad de Mar del Plata, así como de todos los muebles, obras de arte y efectos existentes en el mismo. Funda su derecho en los decretos leyes 3L090-44 y 7865-46, en el art, %, ine, a), rubro Arquitectura

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:578 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-228/pagina-578

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