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Año: 1954, Fallos: 230:270 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JOCKEY CLUB DE ROSARIO y. MUNICIPALIDAD
DE ROSARIO
RECURSO EXTRAORIINARIO: Requisitos comunes. Cuestión 5 ticiable.

La invocación del art. 5 de la Constitución Nacional no sustenta el recurso extraordinario.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comes, Cuestión jus ticinble, Las enestiones referentes a la violación del principio de la división de los poderes por el tribunal de la causa y al ineorreeto ejercicio de sus funciones en el orden loeal no autorizan la concesión del recurso extraordinario.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comes, Cuestión jus tirimble, Lo atinente al rózimen legal de los mmicipios provinciales y al alcance y límite de sus atribuciones son puntos extraños a la jurisdieción de la Corte Suprema, °° pues se rigen y deciden con arreglo a la Constitución y a las leyes loeales", Por ello, no procede el recurso extraordinario contra la sentencia que, con fundamentos no federales suficientes para sustentaria. resielve declarar la nulidad de una ordenanza municipal que dejó sin efecto la concesión de uso de un bien del dominio público,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 22 de noviembre de 1954, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la enusa Joekey Club de Rosario e/ Municipalidad de Rosario", para decidir sobre su procedeneia, Considerando:

Que con arreglo a la jurisprudencia de esta Corte, la invoención del art, 5 de In Constitución Nacional no

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Año: 1954, CSJN Fallos: 230:270 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-230/pagina-270

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