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Año: 1957, Fallos: 237:416 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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cesis de Buenos Aires, del Arzobispo de Córdoba y Administrador Apostólico "sede plena" de dicha Arquidiócesis de Buenos Aires, Monseñor Dr. Fermín E. Lafitte, Que corresponde prestar el acuerdo requerido, con la salvedad de los derechos del Patronato Nacional, conforme a reiterada jurisprudencia del Tribunal, Por ello, y habiendo dictaminado el Sr. Procurador General, la Corte Suprema de Justicia de la Nación presta su acuerdo para que el Excmo. Sr, Presidente Provisional de la Nación conceda el pase a la Bula expedida por S. S. Pío XII instituyendo Auxiliar, para la Arquidiócesis Bonaerense, de Monseñor Dr.

Fermín E. Lafitte, Arzobispo de Córdoha y Adminis trador Apostólico "sede plena" del Arzobispado de Buenos Aires, a Monseñor Dr. Manuel Menéndez, Obispo titular de Dióspolis Superior, con las reservas que emanan de la Constitución y de las leyes dictadas con arreglo a clla respecto del Patronato Nacional.

Devuélvase al Poder Ejeentivo en la forma de estilo.

Amreno Oncaz — Maxver d.

Ancañanís — Exrigre V.

Garir — Canzos Hennena — BexJamíx VirLecas Basa

VILBASO,

CESAR RAUL OJEDA
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia militar.

La figura delictiva que describen los arts. 777 del antiguo Código de Justicia Militar y 702 del vigente —abuso de autoridad militar— constituye una infracción típicamente militar, que sólo las leyes militares prevén y sancionan y euyo juzgamiento no puede corresponder a otros tribunales que los castrenses,

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:416 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-237/pagina-416

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