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Año: 1967, Fallos: 267:267 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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S. A. GUANTE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal, Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales.

Procede el recurso extraordinario cuando se ha cuestionado la inteligrnein de una norma de carácter federal —ley 11.275, reformada por le 13526— y la decisión ha sido contraria a las pretensiones del apelante.

LEY: Interpretación 4 aplicación.

Las leyes deben entenderse en forma tal que el propósito legistativo se etmpla de acuerdo con los principios de una razonable y disereta interpretación.

LEY: Interpretación 4 aplicación, Es principio de hermenéntica jurídica que, en los casos no expresamente contemplados, debe preferirse la interpretación que favorece, y no la que dificulta, los fines perseguidos por la norma, LEY: Interpretación y aplicación, Admitida fa necesidad de interpretación de la norma penal, no es pertinente limitarla de modo que excluya la explicitación de la razonable voluntad del legislador, compatible con los textos en que ella se ha instrumentado.


IDENTIFICACION DE MERCADERTAS.
Corresponde 1::: + por ermptaa Le abliccción impresa por los arts. 1 y 6 del deereto 21.54/39, reglamentario de In ley 11.275, reformada por la ley 13,526, si el calzado expuesto en la vidriera del local leva estampada la leyenda "industria nacional". Esta cireunstancia desearta la intención de engaño que se atribuye a la leyenda "importado de Alemania", inserta en un cartel, que sólo alude al material utilizado en la confección del mismo.

¡ DictaMEN DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte:

La firma "Guante, Ind. Com. y Fin. S.A", ha sido condenada en autos al pago de una multa de veinticinco mil pesos por infracción al art.1 de la ley 11.275, reformado por la ley 13.526, y an los arts. 1 y 6 del decreto 21.534/39, el cual reglamenta, en el ámbito de la industria y el comercio de calzado, la ley mencionada en primer término., La infracción se habría cometido al exhibirse en el escaparate de uno de los locales de la empresa nombrada el cartel agregado a fs. 2, supra, que reza "Becerro Freudonberg (el más famoso de Europa) Importado de Alemania", en el cual falta la inscripción industria argentina", que el art. 6 del decreto antes citado hace

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Año: 1967, CSJN Fallos: 267:267 
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