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Año: 1973, Fallos: 287:419 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JAIME SANDLER v. DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS
ADUANA: Importación. Libre de derechos. Casos varios.

Corresponde confirmar la sentencia que desestima la demanda por nacionaliza- 4 ción de un automóvil si el caso está comprendido en lo dispuesto por el decreto 2217/67, que prohibe nacionalizar automotores introducidos temporalmente con posterioridad al 14 de noviembre de 1983, con lo que no se da en el caso la salvedad prevista en el decreto-ley 17.596/67.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El recurso extraordinario concedido 1 fs. 108 es procedente por hallarse en juego la interpretación de normas federales.

En cuanto al fondo del asunto, el Fisco Nácional (Administración Nacional de Aduanas) actúa por medio de apoderado especial que ya ha asumido ante V.E. la intervención que le corresponde (fs. 116). Buenos Aires, 5 de febrero de 1973. Eduardo H. Marquardt,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de diciembre de 1973.

Vistos los autos: "Sandler, Jaime c/ Fisco Nacional (Dirección Nacional de Aduanas) s/ demanda contenciosa".

Considerando:

19) Que la sentencia de la Cámara Federal de fs. 98/102 revocó la de primera instancia y, como consecuencia de ello, desestimó la demanda por nacionalización de automotor promovida por el accionante.

27) Que, contra dicho pronunciamiento, el actor dedujo recurso extraordinario a fs, 105/107, concedido a fs. 108, que es procedente por hallarse en tela de juicio disposiciones de carácter federal (art. 14, inc. 9, de la ley 48).

37) Que, a la fecha en que el accionante introdujo en el país el auto móvil cuya nacionalización pretende, se encontraba en vigor el decreto 626/63, restrictivo de las importaciones, y dentro de cuyos supuestos —a los fines que pretende— no se encontraba comprendido el actor,

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:419 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-287/pagina-419

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