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Año: 1974, Fallos: 289:370 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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En las conversaciones habidas e la oportunidad de celebrarse esta visita, se han señalado diversas circunstancias que se relacionan con carencia de bienes o deficiencias de servicios.

En primer término se ha puesto en evidencia que el edificio donde está instalada la Cámara es insuficiente e inadecuado para sus fines, 10 que dificulta el desarrollo de las actividades que en él deben cumplirse.

Las instalaciones sanitarias requieren una urgente reconstrucción.

para obviar las dificultades derivadas de su antigiiedad.

1v Desde el punto de vista inherente al funcionamiento se ha puesto especial énfasis en la consideración de algunos tópicos.

a) La Cámara entiende que es menester aumentar el número de sus agentes para atender con normalidad las obligaciones que tiene a su cargo.

b) Se ha destacado la necesidad de crear Juzgados para el fuero penal, en razón de que, por el creciente aumento de la población y de las modificaciones introducidas en la ley 48, es un hecho notorio la ¡ncrementación de las causas de esta naturaleza.

€) El archivo de los expedientes se está convirtiendo en una grave preocupación. Hasta ahora, la Cámara y cada uno de los Juzgados procuran atender su propio archivo en las condiciones posibles, que, en general, son precarias. Con excepción del caso del Juzgado N° 2. no se ha podido dar al problema una solución eficiente. Los lugares destinados a este fin son meros depósitos. El movimiento de actuaciones es cada vez mayor. Además, se ha señalado que el ordenamiento de los archivos requiere personal para el movimiento de los paquetes y para mantenimiento actualizado de fichaje y libros, sin que se cuente con el indispensable.

d) Se ha requerido el envio de máquinas de escribir, en cantidad de por lo menos seis; en estos momentos la Cámara dispone de umis pocas, en cuyo uso se turnan los camaristas, la prosecretaria y los empleados.

e) Se solicita la provisión de una fotocopiadora para la Cámara, Juzgados y Ministerio Público.

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Año: 1974, CSJN Fallos: 289:370 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-289/pagina-370

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