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Año: 1977, Fallos: 297:381 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SA. BODEGAS y VISEDOS AMADEO MARAÑON v. INSTITUTO

NACIONAL ve VITIVINICULTURA

RECURSO DE NULIDAD
En virtud del carácter final de los fallos de la Corte Suprema, no cabe recurso de nulidad respecto de los pronunciamientos que sus Jueces legitimamente dictan en las causas sometidas a su jurisdicción, Siendo ello asi, debe descartarse toda posibilidad de que tal nulidad se intente por enalquier vía, ante los tribunales inferiores.

CORTE SUPREMA,
Toda vez que la Corte Suprema es, por imperio constitucional, el tribunal de última instancia para todos los asuntos contenciosos en que se le ha dado jurisdicción, sus decisiones son finales y ningún tribunal las puede revocar.


DICTAMEN DEL Procunanon GENERAL
Suprema Corte:

Las cuestiones suscitadas en el presente juicio no constituyen sino el replanteo de las que fueron motivo de expreso pronunciamiento en la resolución del Tribunal de fecha 14 de octubre de 1975, en la causa
M. 18, L. XVIL
Pienso, en consecuencia, que la sola consideración de los recursos a cuyo respecto se me corre vista implicaría admitir la posibilidad de un regreso infinito, incompatible con principios básicos del derecho procesal y de la organización de la justicia federal que tiene a V. E. como órgano supremo, facultado para dictar pronunciamientos cuyo carácter final sólo cabría poner en tela de juicio frente a circunstancias de particular gravedad que aquí no han sido siquiera alegadas.

Opino, por ello, que deben ser desechadas de plano las apelaciones de fs. 35 y 37/46. Buenos Aires, 21 de marzo de 1977. Elías P. Cuastavino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de abril de 1977.

Vistos los autos: "Bodegas y Viñedos Amadeo Marañón S.A. c/Instituto Nacional de Vitivinicultura s/demanda revocatoria de sentencias y prohibición de innovar",

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Año: 1977, CSJN Fallos: 297:381 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-297/pagina-381

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