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Año: 1987, Fallos: 310:2456 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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derivados de la mora en el pago de aportes son arbitrarios, exagerados y violan el derecho de propiedad.

49) Que la inconstitucionalidad planteada de la ley 22.161 por la recurrente no puede ser acogida favorablemente.

En efecto, como bien lo ha interpretado el a quo, no existe una doble imposición de pena por un solo hecho, pues ambas disposiciones tienen finalidades distintas; la ley citada determina las sanciones aplicables a las infracciones a las obligaciones que ella con- ° templa, mientras que la ley 21.864 establece el régimen para mantener el poder adquisitivo de las sumas adeudadas y resarcir el perjuicio causado por la mora de su integración a la Caja.

Por ello, y lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara procedente el recurso y se confirma la sentencia apelada.

AUGUSTO Cúsar BELLuscio — Cantos S. FAYr Joree ANTONIO Bacquí.


IGNACIO RAMON ALBA v. BALPALA CONSTRUCCIONES
FERROVIARIAS S.A,
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que no hizo mérito de un expe-" diente administrativo, considerando que no fue ofrecido como prueba y que su producción fue tardía, si ese expediente forma una unidad, sólo escindida por la parcial apariencia derivada de las distintas carátulas, con otro expediente que sí se ofreció como prueba (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones mo federales.

Sentencias arbitrarias, "Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto.

Si después de estar habilitado por anteriores decisiones de la Corte para esclarecer el problema relativo a un expediente administrativo ofrecido —— 1) 19 de diciembre,

NS

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2456 
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