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Año: 1987, Fallos: 310:360 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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tidas en copia, y oportunamente corran los autos con la vista conferida al señor Procurador General sobre el fondo de las cuestiones en debate, conforme la resolución de fecha 19 de diciembre de 1986.

José SEvero CABALLERO — CARLos S. Fay.

— CESAR y ANTONIO KARAM S.C.I.C.A. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestio:

nes federales complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos nacionales.

La "alegación de que por aplicación de la ley 22.421 sobre conservación de la fauna silvestre fue sancionado con más de una pena —decomiso, multa e inhabilitación— por una sola infracción, implica cuestionar su validez constitucional, pues la prohibición de la doble persecución penal tiene rango constitucional, lo cual determina la procedencia del recurso extraordinario.


CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Pro- N
cedimiento y sentencia.

— La prohibición de la doble persecución penal tiene rango constitucional.

LEYES PENALES,
La aplicación de decomiso, multa e inhabilitación, por infracción aia ley 22.421 sobre conservación de la fauna silvestre no constituye una triple pena por una sola infracción, sino de una pena única con pluralidad de sanciones, modalidad corriente en las leyés penales y cortravencionales, y que se halla asimismo admitida por el Código Penal en diversos artículos.

PENA. . - "
La pena única con pluralidad de sanciones es una modalidad corriente en las leyes penales y contravencionales, que se halla admitida por.el Código Penal en diversos artículus. .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:360 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-360

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