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Año: 1988, Fallos: 311:1217 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Esto es así, por cuanto el contenido de sus disposiciones no permite afirmar que la alegada equiparación de los haberes del personal militar a los del Poder Judicial hubiere sido la finalidad perseguida con su dictado, a la vez que los diferentes conceptos que en cada caso las componen, de los que dan cuenta los cuadros comparativos agregados por el interesado, sin perjuicio de la relativa igualdad a que ascienden lassumas totales, demuestran, por el contrario, que con ellos se procura atender de modo adecuado las diversas exigencias de las diferentes funciones a cumplir.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por la Sra. Procura dora Fiscal, se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto y se confirma la sentencia apelada; costas por su orden, teniendo en cuenta que el actor reclama un derecho previsional y que pudo considerarse asistido de mejor derecho (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). AUGUSTO César BELLUSCIO — CArLos S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JoRrGE ANTONIO BACQUÉ. .


DARDO DELFOR DOMINI v. MUNICIPALIDAD »z BAHIA BLANCA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.

Sila Corte dejó sin efecto el pronunciamiento que había rechazado "in limine" la demanda contenciosoadministrativa por entender que el actor no era titular de un derecho administrativo vulnerado que justificase la habilitación de la instancia, la nueva decisión que resolvió nuevamente desestimar la demanda por su improcedencia formal, argumentando idéntica circunstancia, traducc un aparta- —.

miento inequívoco de lo resuelto por la Corte en la causa.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de otras normas y actos federales.

Procede el recurso extraordinario si se halla en tela de juicio la inteligencia que cabe asignar a un fallo de la Corte.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.

Si la descalificación por la Corte de la anterior sentencia se fundó en que el tema propuesto por el actor no podía ser resuelto sin un previo juicio llevado conforme

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1217 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-1217

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