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Año: 1988, Fallos: 311:2128 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RAUL CARBONARO v. SECRETARIA de JUSTICIA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos nacionales.

Es formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por cl Estado contra la sentencia que .dojó sin efecto una sanción de cesantía y dispuso la reincorporación del actor, pues sc ha puesto en tela de juicio la validez de un acto de nutoridad nacional —resolución N° 348/87 de la Secretaría de Justicia de Já Nación— y la decisión ha sido contraria a su validez, y por haberse cuestionado, asimismo, los límites de revisión judicial de las medidas disciplinarias dictadas por la Administración.

ACTOS ADMINISTRATIVOS.
La potestad del Poder Judicial de revisar los actos administrativos comprende, como principio, el control de su legitimidad —que no excluye la ponderación del prudente y razonable ejercicio de las facultades de las que se hallan investidos los funcionarios competentes— pero na el de oportunidad, mérito o conveniencia de las medidas adoptadas. Dicho control supone cl de la debida nplicación de las normas estatutarias, de manera que los hechos se clarifiquen adecuadamente y lo decidido se ajuste al texto legal.

EMPLEADOS PUBLICOS: Sistema disciplinario.

Tratándose de aquellos actos mediante los cuales la Administración enjuicia y sanciona la conducta de sus empleados, en tanto el proceder del agente sca susceptible objetivamente de justificar la desconfianza de sus superiores sobre la corrección con que presta el servicio, la separación del cargo no puede calificarse como arbitraria.

EMPLEADOS PUBLICOS: Nombramiento y cesasión. Estabilidad. , La estabilidad en el empleo no impide la subsistencia de las facultades administrativas indispensables para la adecuada prestación de los servicios públicos; en el ejercicio de esas facultades ha de reconocerse a la autoridad competente una razonable amplitud de criterio cn la apreciación de los distintos factores y reglamentación en juego. .

EMPLEADOS PUBLICOS: Sistema disciplinario.

La Cámara ha excedido el límite de las atribuciones del Poder Judicial al dejar sin efecto la sanción aplicada a un empleado por la Administración, si llegó a tal decisión a rafz de una distinta valoración de los clementos de juicio incorporados al sumario, de su discrepancia con la magnitud de la medida disciplinaria y de una interpretación parcial de la norma que constituyó el fundamento legal del

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2128 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-2128

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