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Año: 2000, Fallos: 323:2021 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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425 2021 Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 22, al que sele remitirán. Hágase saber al Tribunal del Trabajo N° 3 de Lanús, Provincia de Buenos Aires.

EDpuarDo MoLINÉ O'Connor — CarLos S. FAYyr — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — Gustavo A. Bossert — ApoLFo RogErTto Vázauez.


MARISOL PAINO v. A.T.C. (ARGENTINA TELEVISORA COL OR) y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones penales. Prevención en la causa.

Corresponde al juez que previno en la protección del menor —que conoce sus necesidades y conveniencias- resolver sobre las medidas solicitadas para preservar su intimidad, ya que esta solución atiende al "interés superior del menor", amparado por la Convención Internacional sobr elos Derechos del Niño, de jerarquía constitucional, que torna aconsejable una mayor inmediación del juez dela causa con la situación de los incapaces.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar de domiciliodelas partes.

El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en su Título IV, Cáp. III, Medidas Cautelares, Sección 8", sobre Protección de Personas, atribuye jurisdicción territorial al juez del domicilio de la persona que haya de ser amparada.

En el caso en que el menor vive con su madre, quien se halla en ejercicio de la patria potestad, corr esponde aplicar lo prescripto por el art. 90, inc. 6?, del Código Civil.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

—|I-

En autos, la actora solicitó diversas medidas cautelares, invocando la aplicación del artículo 1071 bis del Código Civil, tendientes a

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2021 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-323/pagina-2021

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