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Año: 2000, Fallos: 323:2616 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ALEJANDRO CLAUDIO MERCADER
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.

Las cuestiones de competencia en materia penal deben decidirse de acuerdo con la real naturaleza del delito y las circunstancias especiales en que se ha perpctrado, según puede apreciarse prima facie y con prescindencia de la calificación que le atribuyan en iguales condiciones los magistrados en conflicto.


TENENCIA DE ARMAS DE GUERRA.
La cantidad de objetos descriptos en el art. 189 bis del Código Penal, como de tenencia prohibida, no tiene por objeto la multiplicación de conductas incriminadas, pues la concreción de cualquiera de esas modalidades ofende al bien jurídico protegido por la disposición legal.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones penales. Delitos en particular. Tenencia de armas de guerra.

Corresponde a la justicia local entender en la causa seguida contra quien fue detenido por la policía provincial al intentar robar en un colegio mediante la utilización de una pistola ametralladora y un revólver calibre 22 que le fueron secuestrados en el operativo toda vez que el conflicto suscitado debe ser resuelto a partir de la preponderancia de la figura de tenencia ilegal de arma de guerra como punto determinante para la calificación del hecho, aun cuando de su unidad contextual surja que también concurre la figura prevista en el art. 189 bis, párrafo 3° del Código Penal, ello en razón de que la protección que se intenta para la seguridad pública se encuentra suficientemente cumplida por el supuesto del párrafo 4° del art. 189 del Código Penal, dada la mayor gravedad de la pena a su respecto.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia suscitada entre — lostitulares del Juzgado de Garantías en lo Penal N° 2 y del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2, ambos del Departamento Judicial de San Martín, Provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa seguida contra Alejandro Claudio Mercader, a quien se le secuestró un revolver calibre veintidós y una pistola ametralladora nueve milímetros.

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2616 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-323/pagina-2616

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