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Año: 2016, Fallos: 339:459 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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VERIFICACION DE CREDITOS
Son sentencias definitivas las decisiones recaídas en incidentes de revisión y verificación de créditos en los procesos concursales, cuando se demuestra que lo decidido causa un agravio de imposible o difícil reparación ulterior.

—Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite—

SENTENCIA ARBITRARIA
Es condición de las sentencias judiciales que constituyan una derivación razonada del derecho vigente, con aplicación a las circunstancias del caso por lo que la tacha con sustento en la doctrina de la arbitrariedad prospera cuando el fallo prescinde de planteos oportunamente introducidos, de la normativa aplicable o contiene una interpretación y aplicación que la desvirtúa y torna inoperante.

—Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite—
VERIFICACION DE CREDITOS
El artículo 32 de la ley 24.522 obliga a los acreedores a insinuarse en el pasivo concursal y probar mediante el trámite de verificación la existencia de los créditos, no sólo en virtud de un título sino también de la causa que le da origen, que debe ser anterior al estado de liquidación o falencia.

—Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite—

SENTENCIA ARBITRARIA
Es arbitraria la decisión que se apartó de la normativa aplicable y prescindió de los planteos de la Administración Federal de Ingresos Públicos, en torno a que la naturaleza preconcursal del crédito se fundamenta en que la causa de la obligación es la inobservancia de un deber formal ocurrido antes de resolverse la liquidación de la concursada.

—Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite—

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:459 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-339/pagina-459

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