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Año: 1892, Fallos: 48:109 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Que se me ha notificado una resolucion de V. E.

por la cual se ha servido no admitirme el recurso de apelacion deducido contra la resolucion de referida.

Segun se desprende de la expresada resolucion de V. E, no ha tomado en consideración V. E. el otro recurso que á la vez deduje, es decir, el de nulidad, Fundado en la circunstancia de que el inferior me sometía, para juzgarme por el pretendido delito de abuso de autoridad, porque se me acusa, ú un procedimiento sumario, á un procedimiento de excepcion, siendo así que el que debe seguirse es de juicio ordinario, bajo cuyas garantías todo acusado tiene el derecho de defenderse, cuando se trata de delitos que revisten la gravedad del de abuso de autoridad.

Sin duda V. E. ha incurrido en la omision de que se trata, en razon del informe del inferior, que no ha esclarecido con la debida prolijidad los antecedentes del asunto.

Por tanto, y usando del derecho que me acuerda Ja la ley en este caso, pido á V. E. se sirva pronunciarse sobre el recurso de nulidad aludido, reviendo ó aclarando el auto de referencia, si fuera necesario.

Es justicia.

Regino Marquez

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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:109 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-48/pagina-109

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