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Año: 1893, Fallos: 52:226 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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sultan hechos incriminados á un militar con ocasion del servicio, y porello comprendidos en la ordenanza militar, y en la ley de 7 de Julio de 1823.

Diversos fallos de V. E. han consignado análoga doctrina, y entre ellos el recaído en la causa 92, tomo 16, série 2".

Caso menos caracterizado que el actual, sólo refería violencias ejercidas por un oficial de guardia de cárceles, contra un preso que desde su celda infería injurias verbales, mientras que en el caso ahora sub-judice se trata de repeler una evasion de los presos objeto de la custudia, por medios excesivos, tal vez criminales, pero siempre ejercidos en el carácter de jefe de un comando militar, Por ello opino que las reclamaciones del P, E. acompañadas en testimonio y los fundamentos del recurso deducido, deben determinar en el ánimo de V. E. la aceptacion del recurso y su resolucion revocatoria del auto declaratorio de la competencia del juez ordinario, Sabmiarno Krer, Fallo de la Suprema Corie Buenos Aires, Mayo 30 de 18193 Vistos y considerando : Prómero. Que segun resulta de los autos, e! hecho que motiva este proceso ha sido ejecutado en mil orhecientos ochenta y tres por el hoy sargento mayor José Fernandez Castro, y hallándose al comando de tropas de línea de la Nacion.

Segundo. Que conforme ú la ley de la provincia de Buenos Aires de siete de Julio de mil ochocientos veintitres, aceptada

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:226 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-52/pagina-226

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