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Año: 1893, Fallos: 54:500 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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500 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 9 Que por último, como de una manera clara lo estabelce el artículo 1489 del Código Civii, para poder reclamar las indemnizaciones que en esta causa se solicitan por parte del deman— dante es necesario que el desposeído hays sido vencido enla propiedad de la cosa y no que haga abundono del derecho que sobre la misma tenía, como en el ca55 s0b-jm dire hasucedido, Por esto: fundamentos y otros que se omiten, fallo: deelarando no haber lugará la demanda interpuesta, Notifíquese con el original y repóngase el papel en el acto de la notificación.

ti. Escalera y Zuviria.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 21 de 1803 Vistos, resulta: Que enel año mil ochocientos sesenta y uno Don Jas Caballero, súbdito español y Von Marcelino Gonzalez, argentino, celebraron un contrato de permuta, por el cual el primero daba al segundo en propiedad, un terreno compuesto de la extension y límites que expresa el documento privado de foja tres, y el segondo entregaba en retribucion ó cambio de dieho terreno trescientas emenenta cabezas de yanado racuno nl corte.

Que este contrato quedo consumado por la entrega respectiva del campo y del ganado, aunque sin haberse efectuado ninguna medicion ni destinde de éste, que la ocupacion del terreno adquirido por Gonzalez se supone efectuada por haber construido en él casa y corrales, pues dicho terreno formaba parte del que Caballero había adquirido en mayor extension por compra al Fisco de la provincia de Corrientes, donde tenía un estableci= miento que Gonzalez rezenteaba emo mayordomo, Que en mil ochocientos sesenta y cuatro una comision com

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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:500 
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