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Año: 1871, Fallos: 10:177 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAUSA XXXIII.
D. Brigida Balcarce de Baumgart contra D. Guillermo Matti, sobre rescision de contrato é indemnizacion de perjuicios.

Sumario.—19 La mujer casada, mientras subsiste integro el matrimonio, sigue en todo la condicion del marido.

20 Por esto no puede admitirse diversidad en la calidad de sus personas, y siendo estrangero el marido, debe reputarse estrangera la mujer.

30 El pleito entre dos estrangeros no corresponde á la Justicia Nacional. :

4 La jurisdiccion de los Tribunales Nacionales no puedo ser prorrogada.

50 La voluntad de las partes no puede conceder 4 los poderes públicos de la Nacion mayores facultades que las que la Constitucion les ha otorgado.

60 Los Tribunales Federales deben declarar su imcompetencia de oficio, y en cualquier estado de la causa en que aparezca.

7o Toda actuacion obrada ante quien carece de jurisdiccion bastante es absolutamente nula.

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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:177 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-10/pagina-177

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