Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1912, Fallos: 116:116 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

116 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA cesal de Montevideo. Notifiquese con el original y devuélvanse, debiendo los sellos reponerse aute el inferior.


A. BERMEJO. — NICANOR G, DEL
SoLar. — M. P. Daracr, — D. E. Pañacio. 0 ,

CAUSA XC
Municipalidad de Federación contra Juan Baylina, sobre retiro de majadas de ovejas del Ejido de ese municipio Sumario: La ley de Ejidos de la provincia de Entre Ríos, de mayo 13 de 1872, es contraria a las garantías fundamentales acordadas a la propiedad por la constitución nacional, en cuanto prohibe tener ganados dentro del radio fijado en la misma. , La aplicación de la tierra al pastoreo no cae dentre de las numerosas prohibiciones contenidas en el código ci vil (artículo 2313), en mira de salvar otros derechos de propiedades contiguas o en el interés de los bienes consagrados a tal destino (arts. 2612 y siguientes). Del punto de vista del interés público (nota al art. 2011), el pas1) En la misma fecha se dictó igual resolución en el juicio seguido por D. Alejo Arocena contra D. Norberto Maillar, sobre cobro de pesos. Incidente sobre em.

burgo preventivo.

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

6

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1912, CSJN Fallos: 116:116 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-116/pagina-116

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 116 en el número: 116 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com