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Año: 1926, Fallos: 147:401 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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de La Plata, que condenó a Morales Curamil a sufrir la pena de quince años de prisión, en vez de la de diez y seis años y seis meses de reclusión, que le fué impuesta por el juez letrado del territorio nacional del Chubut, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Ramón Licuan Quilapán, el día 25 de enero del año 1922, en Alto Río Mayo, jurisdicción del expresado territorio.

En la demanda instaurada por don Luis Gret contra la provincia de Mendoza, por cobre de la suma de cuatro mil trescientos veinticinco pesos oro sellado o su equivalente, nueve mil ochocientos veintinueve pesos con curenta y dos centavos moneda nacional de curso legal, provenientes de ocho títulos sorteados y cupones correspondientes al empréstito exterior de cinco por ciento oro sellado, de 1909, creado por ley de dicha provincia de 28 de agosto del mismo año, la Corte Suprema con fecha 29 de octubre de 1926, dado que la causa comprendía iguales antecedentes y guardaba completa identidad con el juicio seguido por don Arnaldo Luchinetti contra la misma provincia.

Fallos, tomo 138 pág. 402 , en el que se dió por reconocida la autenticidad de los cupones, la legitimidad de la emisión de los títulos a que los cupones corresponden y la validez de las cláusulas u obligaciones consignadas en dichos documentos, resolvió la causa declarando que la provincia de Mendoza estaba obligada a pagar a los actores, dentro del término de diez días, la suma reclamada o su equivalente en moneda de curso legal, al cambio de doscientos veintisicte con veintisiete moneda nacional, por cien pesos oro, desde la notificación de la demanda, con costas, En el juicio seguido por don Macedonio Varaschin contra la provincia de Mendoza, por devolución de la suma de treinta

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Año: 1926, CSJN Fallos: 147:401 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-147/pagina-401

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