SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACION
Rosario, Julio 14 de 1926.
Vistos los autos seguidos por el Banco Español del Río de la Plata contra José y Sila Vigliecca, sobre cobro de pesos (incidente de levantamiento parcial de inhibición) :
Por sus fundamentos y de conformidad con lo dictaminado por el Señor Fiscal de Cámara, se confirma, con costas, la resolución apelada de fs. 70 y vuelta, fecha veintiocho de Abril del corriente año. Notifíquese y devuélvase al juzgado de orígen donde se repondrán los sellos. — Carlos M. Avila. — Luis 1". González. — José M. Fierro, según su voto y en disidencia por las costas.
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Septiembre 7 de 1927.
Suprema Corte:
Deducida por ante el Juzgado Federal de la ciudad de Rosario la presente ejecución seguida por el Banco Español del Río de la Plata contra los señores José y Sila Vigliecca, y decretada a fs. 9 vta. contra dichos ejecutados la inhibitoria general de hiemes, mandóse, por sentencia de fecha 8 de Julio de 1922, llevar adelante la ejecución, no obstante que, según resultó posteriormente a fs. 66 vía, uno de los deudores José Vigliecca, ya había sido declarado en quiebra, en 1° de Julio de 1922, por el señor Juez de 1" Instancia en lo Civil y Comercial de Primera Nominación de la ciudad de Corrientes. .
En esta situación y encontrándose el juicio archivado a solicitud del acreedor, por haberse éste dispuesto a pedir la veri
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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:265
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