Saenz Valiente apeló por la condicion impuesta al auto, A nlegando no ser ella admitida por la ley de juicio ejecutivo, ; y poder la misma ofrecer un pretesto para convertir en :
ordinaria la accion ejecutiva que la ley civil acuerda al lo- ; emior para el cobro de alquileres.
Fatlo de la Suprema Corte.
Huenos Aires, Marzo 21 de 1876.
Vistes: Compitiendo al lorador necion ejecutiva para el enbro de los alquileres, segun el artículo ochenta y seis, título De la Locación, Código Civil, se revoca el auto ape tado de foja des vuelin, satisfechas las costas y repnestos los sellos, devncivase para que el Juzgudo de Seccion pro ecda de conformidad con lo dispaesto en el artículo dos.
civmtos cincuenta y dos de la Ley de Procedimientos.
SaLyVADOR MAkia DEL CARRIL.—Josf lannos Pazos.—d. 1. GOROSTIAGA.
5. M. Lasprti,
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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:254
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