jamiento. Contienda de competencia.
Sienario: De acuerdo con lo que dispone el artículo 412 del Código de Procedimientos para la Capital Federal, el litigante ¿ cuestiones de competencia hubiere optado por la no podrá nsar la inhibitoria viceversa. ni emplearlas sucesivamente.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 4 de 1935 Suprema Corte:
La contienda de competencia que el Juez en lo Civil y Co mercial de Mercedes ( Provincia de Buenos Aires) plantea al de primera Instancia en lo Civil de la Capital Federal, se refiere a cuatro causas seguidas por Francisco Zubillaga contra Emilio Ros, dos de ellas sobre cobro de arrendamientos y otras dos sobre desalojo de inmuebles ubicados en la Provincia de Buenos Aires y en la Pampa Central. El Juez de Mercedes reclama el envío de dic cansas para que sean agregadas al juicio universal de concurso civil de Ros, que tramita ante su jurisdicción. ( Fojas 60, expediente de la Capital. N" 2704).
En lo que respecta a las demandas por cobro de arrenda números 2703 y 2704 el Juez de la Capital se ha des ndido de su conocimiento (fs. 77 y fs. 54. respectivamente) :
as resoluciones han sido apeladas por el actor y los dos aludidos, con dictamen expedido ya por el Fiscal de
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Año: 1936, CSJN Fallos: 174:5
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