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Año: 1938, Fallos: 180:360 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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tranjero, aun cuando ésta haya invocado desde su primer escrito disposiciones de la Constitución Nacional que no tienen relación con la cuestión planteada (1).

Juicio: Cartáneo Hugo Ev. Cía Leyland Motors Lied. s cobro de pesos.


ADUANA : TMPORTACIÓN LIBRE DE DERECHOS,
Sumario: 1 La exoneración del pago de los derechos de importación se concede a todos los materiales destinados a determinados establecimientos industriales, siendo el des 9 aplicación a la industria lo único que tiene en vista a ley, Las enchillas de acero, repuesto de las aserrineras, se hallan comprendidas en la liberación de derechos establecida en los arts, 4 y 25 de la ley n? 11.251 (1).

Juicio: 8. A. La Chaqueña v. la Nación, s, devolución de pesos,
IMPUESTOS: INTERPRETACIÓN DE LEYES IMPOSITI-

VAS. — IMPUESTOS INTERNOS : ENCENDEDORES

DE MAGNESIO PARA FOTOGRAFIA,
Sumario: 1° Las leyes impositivas deben ser interpretadas de tal manera que su propósito se cumpla, de acuerdo con los principios de una razonable y disereta interpretación.

2 Los encendedores de magnesio para fotografías no pueden considerarse como un substitutivo del fúsforo en razón de su destino y aplicación limitados, por lo que no se hallan comprendidos en el art. 15 de la ley N" 12.148 y no procede imponer multa al poseedor de los mismos que no ha pagado el impuesto establecido en aquella disposición.

1) Fecha del fallo: mayo 16 de 1935, 2). Fecha del fallo: mago 1 de 1935, En igual sentido: Fulos:

190, 128, 132 y 134; 156, 116.

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:360 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-180/pagina-360

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