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Año: 1938, Fallos: 180:83 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: IMPROCEDENCIA —
CUESTION FEDERAL — LEYES LOCALES.
Sumario: 19 No procede el recurso extraordinario contra la sentencia que reconoce la garantía constitucional invocada.

2 No procede el recurso extraordinario contra la sentencia que se funda en la interpretación de la ley NY 11.287, que en el caso reviste enrácter loeal (').

Juicio: Ródano José, sucesión.


COSTAS: ALLANAMIENTO A LA DEMANDA,
Sumario: No procede im las costas a la parte que se allana totalmente a Me demnria, si la netora . ha .— trado la existencia de un requerimiento que pudiera haber impedido la iniciación del juicio (5).

Juicio: S. A. Cía. Nobleza de Tabacos v. Provincia de San Juan s. devolución de pesos.

RECURSO EXTRAORDINARIO: PROCEDENCIA —
CUESTION FEDERAL — JURISDICCIÓN: FUERO
FEDERAL.
Sumario: 19 Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que deniega el fuero federal, 2 La justicia federal es competente para entender en el proceso por hurto de mercaderías a los Ferrocarriles del Estado.

Juicio: Ferrocarriles del Estado v. Casimiro Montaña s. hurto.

Caso: 1 La Administración General de los FF. CC. del Estado inició ante el Juez Federal de San Juan, querella 1) Fecha del fallo: marzo $ de 1938, En igual sentido: Fallos, 150, 38; 153, 428; 177, 312.

2) Fecha del fallo: marzo 11 de 1958, En igunl sentido: Fallos, 137, 292; 178, 10,

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:83 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-180/pagina-83

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