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Año: 1938, Fallos: 181:337 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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EXHORTO: DILIGENCIAMIENTO — DETENCIÓN,
Sumario: 19 Los arts, 675 y 676 del Código de Procedimientos Criminales se limitan a reglamentar el art. 57 de la Constitución Nacional, sin otro alcance que el de facilitar su aplicación y enmplimiento y deben ser interpretados en sentido amplio y comprensivo tanto de los casos de prisión como de aquellos de simple detención, 2 El juez requerido por el de otra provincia para que proceda a la detención de un procesado, debe diligenciar el exhorto que se le ha dirigido a ese efeeto.

Juicio: Exhorto del Juez de San Nicolás para la detención de Segunda García de Gutiérrez, Caso: Resnlta de las piezas siguientes :

DICTAMEN DEL ProcrraDon GExtnan Suprema Corte:

El Sr. Juez de Instrueción de la Capital Federnl se niega a dar cumplimiento a un pedido que le formula el del Crimen de San Nicolás (Prov. de Buenos Aires) en el sentido de ordenar la detención de una persona sometida a proceso ante este último, en razón de no haberse cumplido en la rogatoria de fs. 1 los reenudos exigidos por el ine. 1, art. 675 del Código de Procedimientos en lo Criminal de la Capital.

Corresponde a V. E. dirimir este conflicto que

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Año: 1938, CSJN Fallos: 181:337 
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