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Año: 1939, Fallos: 183:216 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CUERPO DEL DELITO — PRUEBA — IMPUESTOS IN-
TERNOS: DEFRAUDACION — ALLANAMIENTO — REQUISITOS — MULTA: CARACTER PENAL — S8O

LIDARIDAD.
Aumurio: 1 El Código de procedimientos en lo criminal no exige en términos restrictivos el cumplimiento de los requisitos del título IV "del cuerpo del delito" «ino para el caso en que ello sea posible.

. 9 El cuerpo del delito puede comprobarse por todos los medios de prueba, 3° Los aparatos y útiles de destilería y una cantidad de litros de alcohol en infracción encontrados en el local allanado, unidos a otras cireunstancias resultantes «el proceso, constituyen prueba suficiente del delito de defraudación al Fisco Nacional previsto en el art. 35 de la ley NT 12.145.

4" No adolece de nulidad el allanamiento deeretado por el juez y realizado con la anuencia del mismo por funcionarios de la Administración de Impuestos Internos, tendiente a comprobar una infracción a Ia ley respeetiva.

5 No es dudoso que, con la anuencir judicial, los funcionarios de la Administración de fmpuestos Internos pueden tomar las medidas tendientes al eselarecimiento de los hechos constitutivos del delito previsto en el art. 25 de la ley N" 12.145, 6 El art. 19 de la Jey N" 4295 en cuanto dispone que será considerado como uno de los casos de grave defraudación la elaboración elandestina de alcoholes, o sea la efectuada sin la autorización o la intervención de la Administración respectiva que según el caso hubiera corespondido, reproducido en el art. 62 del Texto Ordenado de las leyes de impuestos internos, ha sido ma:

citamente derogado por el art. 35 de la ley N" 12.146, dentro de e sistema carece de razón de ser aquella disposición de ley 4205.

7 Siendo de carácter penal la multa impuesta por una infrseción a la ley de impuestos internos, no debe ser aplicada en forma solidaria sino personal en los ensos en que ha existido participación en la infracción.

6" Procede penar con prisión, inhabilitación, multa y comiso del alcohol materia del fraude y de las magul narias y útiles que hubiesen servido para su elaboración,

LS

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Año: 1939, CSJN Fallos: 183:216 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-183/pagina-216

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