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Año: 1939, Fallos: 183:8 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SEPTUAGESIMO QUINTO ANIVERSARIO DE LA
CORTE SUPREMA.
En Buenos Aires . los quinee días del mes de vetubre de mil novecientos treinta y ocho, reunidos en la Sala de Acuerdos los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, vu Presidente doctor Roberto Repetto, sus Ministros doctores don Antonio Sagarna. don Luis Linares, don Benito A, Nazar Anchorena y don Juan B. Terán asistiendo jzvalmente el señor Procurador General ¿de la Nación doctor don Juan Alvarez, el señor Presidente dijo: Que hoy quinee de octubre de mil novecientos treinta y ocho se cumplen setenta y cinco años desde la fecha en que la Corte dictó su primer fallo. Durante este largo tiempo las sentencias de la Corte han contribuido a fortalecer la unidad nacional y a afianzar las instituciones, de que nacen el orden y la paz sociales, en todo el ámbito del país. Es esa la obra de la previsión de los autores de la Constitución y de la solidez del edificio que levantaron. como pilar ventral de la organización institucional de la República. Es también el resultado de la sabiduría e independencia con que nuestros predecesores en la Corte supieron interpretar aquélla, sea cenando delimitaron en la práctica los poderes de la Nación, y de las Provincias, ses cuando mantuvieron incólumes las libertades y derechos individuales, o sea, por último, cuando a través de litigios sobre derecho privado, dieron vida real al principio tan hondamente sentido, de que en materia de cireu- :

lación territorial y de comercio entre los estados no hubiese más que un territorio para una sola Nación, Los señores Ministros y Procurador General de la Nación adhirieron a las palabras del señor Presidente y resolvieron que el desarrollo de este acto ses transeripto en el libro de Acuerdos de la Corte como sencillo homenaje tribntado a la memoria preclara de quienes articularon los textos de la Constitución y de la de los Jueces que fueron sus leales intérpretes. Mandaron asimismo que los nombres de los redactores de la Constitución (congresistas de mil ochocientos cinenenta + tres y convencionales de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires del año mil ochocientos seseuta) y el de los antecesores de los actuales miembros de la Corte se inseriban con letras de bronee en dos tablas de mármol que serán colocadas en la Sala de Audiencias.

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Año: 1939, CSJN Fallos: 183:8 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-183/pagina-8

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