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Año: 1940, Fallos: 188:143 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JOSE FRANGI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Sentencia definitiva.

No procede el recurso extraordinario contra la sentencia de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que, juzgando sobre su propia jurisdicción, decide que el récurso de inconstitucionalidad autorizado por la ley N% 3918, art. 5 interpuesto para ante ella, no debió concederse porque no se plantearon en primera instancia las.

cuestiones federales en que se lo funda (1).


ANTONIO VILA PONT v. COMPAÑÍA DE SEGUROS
LA RURAL"
ACCIDENTES DEL TRABAJO: Indemnización, El art. 9? de la ley N" 9688 dispone en términos tan claros el sistema indirecto de la renta como procedimiento para el ajuste de la indemnización que hace inadmisible las interpretaciones conducentes a obtener la entrega inmecnt de capital al accidentado o sus derechos habientes .


NOEL Y CÍA, S. A. DE DULCES Y CONSERVAS
v. PROVINCIA DE BUENOS AIRES JURISDICCIÓN: Jurisdicción originaria. Causas en que es parte una provincia. Cuestiones constitucionales, Corresponde a la jurisdicción originaria de la Corte Suprema el juicio promovido contra una provincia por un vecino de la Capital Federal, en el cual se cuestiona la validez de una ley provincial como violatoria de la Constitución Nacional.

153, Q Feeha del fallo: octubre 18 de 1940. Ver Tullos: 131, 337; (2) Fecha del fallo: octubre 21 de 1940, Ver los antecedentes del caso en el t. 187, pág. 49 y la jurisprudencia. aplienda, en los t. 173, 249; 175, 94; 178, 199; 179, 283,

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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:143 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-188/pagina-143

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