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Año: 1941, Fallos: 190:444 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SANTIAGO VALLEBELLA E HIJOS v, IMPUESTOS
INTERNOS
IMPVESTOS INTERNOS: Procedimiento y recursos.

El procedimiento contencioso establecido por el art. 27 de la Ley Ny 3764 contra las resoluciones que imponen multas no requiere el previo pago del importe de aquéllas.

IMPUESTOS INTERNOS: Procedimiento y recursos.

Las decisiones de la Administración de Impuestos Internos que ordenan el pago de alguno de los gravámenes a que se refiere la ley N' 3764, no pueden ser eludidas por recurso ni de otra manera; son ejeentables por la vía del apremio, sin perjuicio de la repetición del importe respectivo en el correspondiente juicio ordinario.

IMPUESTOS INTERNOS: Procedimiento y recursos.

Las cuestiones referentes al pago del impuesto interno omitido y a la multa correspondiente aplicada por la Administración, si bien —_ son susceptibles de ser consideradas en procedimientos separados, como lo requiere el sistema legal vigente.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, agosto 27 de 1941.

Y vistos estos autos caratulados "Vallebella Santiago e hijos c/. una resolución de Impuestos Internos"" a los efectos de resolver respecto del recurso ordinario de apelación concedido a fs. 151.

Y Considerando:

Que la Cámara Federal de Paraná ha decidido —fs.

148— que "para entablar el recurso contencioso a que se refiere el art. 27 de la ley 3764, es requisito esencial el previo pago o depósito del impuesto y de la multa".

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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:444 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-190/pagina-444

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