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Año: 1943, Fallos: 195:22 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ROGELIO A. AGUERO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales. — Cuestión federal. Casos. Constitución Nacional, Es procedente el recurso extraordinario fundado en que el art. 14 de la ley 4584 de la Provincia de Buenos Aires, en cuanto exige el pago previo de la multa impuesta por la autoridad administrativa como requisito necesario para acudir en apelación ante los tribunales de justicia, es violatorio de los arts. 14, 16 y 18 de la Constitución Nacional, contra la resolución del tribunal de justicia que admitiendo la validez de la ley provincial deniega el recurso de apelación por no haberse cumplido el recaudo mencionado, CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes provinciales.

El art. 14 de la ley 4534 de la Provincia de Buenos Aires, en cuanto exige el pago previo de la multa impuesta por la autoridad administrativa como requisito necesario para acudir en apelación ante los tribunales de justicia, no es violatorio de los arts. 14, 16 ni 18 de la Constitución Nacional.


DICTAMEN DEL PROCURADOR CIENERAL
Suprema Corte:

Don Rogelio Agiiero fué multado y suspendido temporariamente en el ejercicio de su profesión de médico, por la Dirección General de Higiene de la Provincia de Buenos Aires como consecuencia de ciertas infracciones a la ley local 4534. Apeló ante cel Sr. Juez del Crimen; pero su recurso no fué proveído por establecer dicha ley en su art. 14 que como medida previa debe depositar el recurrente el importe de la multa impuesta. Acudió entonces Agiiero por vía directa ante dicho juez, impugnando tal exigencia por conceptuarla violatoria de la libertad de defensa garantizada por la Constitución

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Año: 1943, CSJN Fallos: 195:22 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-195/pagina-22

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