Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1878, Fallos: 20:215 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

Lanfranco apeló y el recurso se le otorgó en relacion.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 11 de 1878.

Vistos : no siendo apelable ante esta Suprema Córte el auto del Juzgado de Seccion de que se recurre por ser de menor cuantía la causa en que ha sido dictado, devuélvase, prévio pago de costas y reposicion de sellos.

J. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ. —
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
— —e.0.— ——

CAUSA LXIV.
Solice: y Lopez, contra Rubio y Foley, por cobro de pesos; sobre término probatorio.

Sumario. —El término probatorio debe considerarse suspendido por los incidentes que surjan en los autos, y no se hayan Tesuelto.

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

8

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1878, CSJN Fallos: 20:215 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-20/pagina-215

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 20 en el número: 215 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com