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Año: 1949, Fallos: 214:480 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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el impuesto que corresponda por cuenta del contribuyente.

Por tanto se revoca la sentencia apelada en'lo que ha sido materia del recurso.

Ferre S. Pérez — Luis R. Lon
HI — Ronorro G. VALENZUE-
La — Tomás D. Casanrs.


LUCIO GOLDBERG v. MIGUEL SZAPIRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia.

. Intervención de la Corte Suprema.

. Entre los conflictos de competencia cuya decisión corres> ponde a la Corte Suprema no se hallan los que se plantean entre las cámaras de apelación de la Capital de la República, salvo que una de ellas sea la Cámara Federal. Por ello y lo dispuesto por el art. 6° de la ley 7055, no incumbe a la Corte Suprema decidir el conflieto negativo surgido entre la Cámara de la Justicia del Trabajo y la de Apelaciones en lo Comercial de la Capital.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Tanto la Cámara de la Justicia del Trabajo (fs.

5 vta./6), como la de Apelaciones en lo Comercial de esta Capital, han declarado la incompetencia de sus respectivos fueros para entender en el juicio seguido por Lucio Goldberg contra Miguel Szapiro, sobre cobro de comisiones, aguinaldo e indemnización.

Atento lo legislado en el Título X del Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial, aplicable al caso por disposición del art. 137 de la ley 12.948, no corresponde a V. E. dirimir la presente contienda ne

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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:480 
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