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Año: 1953, Fallos: 225:708 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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apelación por auto de fs, 69 vta: contra la sentencia de fs, 63 a fs. 66 vta.. planteóse la siguiente cuestión :

¡Es justa la sentencia apelada? Al respecto el Sr. Juez Dr. Maximiliano Consoli, expresó:

Que el juez a quo hace Ingar a la acción instaurada por la firma actora contra Obras Sanitarias de la Nación, fundándose en las siguientes razones: 1) que la Actora impera le facultad que se ha atribuído la demandada de icar el importe de los servicios prestados y que en su oportunidad fueron abonados, otorgándosele los respectivos recibos de pago; pues no DE discute la facultad de Obras Sanitarias para aumentar el importe de la tasa, enel futuro, de acuerdo al volumen de io der eoendo que: e) "por estución de esta o, se que: a .

da al o. e dao bras Sanitarias estableció la vigencia de la nueva tarifa de $ 0,05 a partir del 1° de octubre de 1947:

b) que con fecha 21 de enero de 1948 se notificó a la actora del cobro de la nueva cuota de $ 0.05 a partir del 1 de Setubre de 1947: e) que las nuevas fábricas (Nylon y Clar Apel) se encontraban en funcionamiento el 1 de enero de 1949; d) que con tal motivo el volumen medio mensual desaguado a la colectora aumentó a 435.516 m°.; e) que la tarifa se aplicó sobre dicho volumen a partir del 1° de abril de 1949; f) que la firma Ducilo en fecha 28 de marzo de 1950 abonó la diferencia entre la cuota anterior y la que se determinara en base al volumen medio mensual antes indicado; 3) que el art. 12 del deereto 25.687/47 establec que la utilización del desagiie a la red de colectoras cloacales abonará $ 0,05 por cada metro cúbico desaguado y la cuota- mensual se determinará aplicando dichá tarifa al volumen medio fijo mensual que periódicamente determine Obras Dario ias de la Nación; 4) que de o se infiere que si bien la suma a pagar después de señalado el promedio, es cierta, en cambio no lo puede ser en la misma adecuación, el caudal de agus ingresado a las colectoras, De tal modo el volumen desagotado mensualmente puede $ 0,05 por cada metro cúbico desaguado y la cuota mensual por la que no existe una compensación exacta sobre el valor de la tasa y la contraprestación representada por el servicio proporcionado.

Antes de entrar a examinar el punto de vista legal que determina la decisión apelada, corresponde determinar en qué determinar 1 dei e O eente demanta,

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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:708 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-225/pagina-708

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